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Cámara de Representantes aprueba ley para expropiar propiedades abandonadas y revitalizar la economía de Puerto Rico

Redacción by Redacción
mayo 15, 2024
in Gobierno
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Cámara de Representantes aprueba ley para expropiar propiedades abandonadas y revitalizar la economía de Puerto Rico
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La Cámara de Representantes aprobó, a viva voz, un proyecto de ley que busca fomentar el progreso económico de Puerto Rico al declarar como estorbos públicos y expropiar propiedades abandonadas, con el fin de devolverlas a un uso productivo. El Proyecto de la Cámara 1352 busca crear la “Ley de Procedimiento Uniforme para la Declaración y Manejo de Estorbos Públicos en Puerto Rico” y establecer el Programa de Restauración de Viviendas para alquiler, con el propósito de facilitar a los municipios y comunidades la reducción de estorbos públicos para mitigar los riesgos que representan y destinar un nuevo uso productivo. “Lo que buscamos con esta medida es darle uso productivo a los bienes inmuebles sin dueños o cuyos dueños han abandonado su propiedad y la han hecho improductiva. Actualmente, los procesos para la declaración de un estorbo público son extensos, o no llegan a un resultado concreto sobre la eliminación del estorbo, la transferencia o compra de la propiedad en desuso”, sostuvo el autor de la medida, Ángel Fourquet Cordero. “En muchos de nuestros pueblos esto ha tenido el efecto de una proliferación de estructuras abandonadas, mayormente en el casco urbano, ocasionando problemas de salud y seguridad pública, además de afectar la limpieza, salubridad y el ornato de la ciudad”, añadió el legislador. Según resalta la exposición de motivos de la pieza legislativa, el Negociado del Censo de los Estados Unidos, según datos obtenidos a través del American Community Survey, estimó que, para el año 2018, había alrededor de 373,424 unidades de vivienda desocupadas en Puerto Rico. “Esto representa un 24.0 por ciento de la totalidad de unidades de viviendas en nuestra jurisdicción. En muchas de las ocasiones ha ocurrido que las personas fallecen y la persona o personas que tienen derecho a heredar están fuera del país y no les interesa la propiedad o abandonan la misma por desidia”, reza la medida.

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