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La semana pasada muchos conmemoraron el 25 de julio como la creación de la Constitución del Estado Libre Asociado (ELA). A pesar de que algunos saben que PR no es ni estado, ni libre, ni asociado, muchos desconocen la jurisprudencia supremacista anglosajona que camina por los pasillos legales que rigen este estatus territorial.
Antes de viajar en el tiempo, la sección 2 del artículo 3 de la Constitución de Estados Unidos (EE.UU) tiene la cláusula territorial. Ésta le otorga al Congreso de EE.UU la autoridad de regular y disponer totalmente sobre los territorios americanos. Por ende, EE.UU tiene un control total sobre el territorio de PR.
Empecemos por la esclavitud de Scott, discutida en Scott v. Sandford, 60 U.S. 393 (1856). Scott fue un esclavo que vivió en el territorio de Missouri, pero obtuvo su libertad en Illinois. Estatus legal que Missouri no reconoció cuando Scott regreso. Usando la cláusula territorial, Scott demandó para que la corte federal ordenara al territorio de Missouri a que reconociera su adquirida libertad. Los jueces de la Corte Suprema de EE.UU (SCOUS por sus cifras en Inglés) afirmaron que a pesar de que la Constitución menciona e intercambia a las personas y ciudadanos indiscriminadamente, los esclavos no eran personas ni ciudadanos, ya que la Constitución solo aplica a los estados, y los territorios que existían en el 1776. Así que los negros, por ser descendientes africanos, no eran ni personas ni ciudadanos americanos.
Seguimos con el racismo de separados, pero iguales de Plessy v. Ferguson, 163 U.S. 537, 540 (1896). Aquí el estado de Luisiana discriminaba entre los blancos y no blancos, ya que segregaba a las personas por sus características raciales. En el 1896 la SCOUS supremacista anglosajona decidió que cuando existe inferioridad racial o política en la población, la Constitución carecía de autoridad para ponerlos en el mismo plano con las otras personas políticas o racialmente superiores.
Dos años después, un 25 de julio del 1898, EE.UU invade a PR. Luego de la invasión, SCOUS comienza a descifrar una encrucijada constitucional con los llamados casos insulares, ya que le toca decidir si la Constitución de EE.UU. automáticamente aplica a los territorios conquistados.
En el 1901 entre los pleitos que SCOUS decidió están De Lima v. Bidwell, 182 U.S. 1 (1901) y Downes v. Bidwell, 182 U.S. 244 (1901). En estos los demandantes consideraban el comercio entre PR y EE.UU como algo doméstico y cobrar aranceles en el movimiento de productos era inconstitucional.
En De Lima, SCOUS implícitamente usó a Scott para afirmar que la cláusula territorial le otorgaba el poder al Congreso de EE.UU. de disponer sobre los territorios y como PR fue cedido por España, PR se convirtió en un territorio de EE.UU. También, como el Tratado de Paris cedió a PR a EE.UU sin imponer un requisito mas allá, PR es un territorio porque en comparación al Tratado de la compra de Louisiana, este no decía que PR seria incorporado en la unión americana. Por ende, PR es un territorio no incorporado.
Similarmente, la corte en Downes afirmó que ni el gobierno americano, sus leyes, ni la Constitución se extiende automáticamente a los territorios invadidos y conquistados por EE.UU al menos que el Congreso así lo decida. Por ende, PR es un territorio que le pertenece a EE.UU, pero no es parte de él. Mas allá, implícitamente SCOUS usó a Plessy para afirmar que PR era una posesión habitada por razas extraterrestres, ya que difieren de la religión, costumbres, leyes, y métodos de pensamiento anglosajón, y la cláusula territorial les permite tratarlos diferentes.
A diferencia de estas interpretaciones legales, aún se conmemora el 25 de julio del 1952 como la creación del ELA. Pero si se conmemora el ELA, también se conmemora el día de la invasión que ocurrió el 25 de julio del 1898. Y si se conmemora el ELA o la invasión, implícitamente se conmemora la jurisprudencia detrás de la creación del ELA y el racismo supremacista anglosajón que mantiene a Puerto Rico ahorcado como si fuese un esclavo.