El senador por el Distrito de Arecibo, Héctor “Gaby” González López, radicó el Proyecto del Senado 1149, una medida que busca enmendar la Ley 8-2017, conocida como “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico” para flexibilizar el uso de la licencia por enfermedad para empleados públicos que atienden situaciones de salud prolongadas dentro de su núcleo familiar.
Actualmente, la ley permite que un empleado utilice hasta un máximo de cinco días al año de su licencia por enfermedad para atender a hijos, personas de edad avanzada o miembros de su núcleo familiar, siempre que mantenga un balance mínimo de doce días.
No obstante, el senador González López planteó que ese término resulta insuficiente en casos donde existen condiciones que requieren tratamiento continuo o recurrente, como enfermedades crónicas, condiciones neurológicas o procesos de rehabilitación.
La propuesta establece que, en casos de tratamientos prolongados debidamente certificados por un profesional de la salud, el empleado podrá utilizar hasta quince días al año de su licencia por enfermedad acumulada para el cuidado de hijos, personas de edad avanzada o con impedimentos. Este uso estará sujeto a mantener el balance mínimo requerido y aplicará a situaciones como terapias, hospitalizaciones u otros tratamientos relacionados.
“El marco actual no responde a la realidad de muchas familias. Hay condiciones que no se atienden en una o dos citas, sino que implican semanas o meses de seguimiento médico. Lo que estamos proponiendo es ajustar el uso de la licencia a esa realidad”, expresó el senador González.
El legislador subrayó que la medida no aumenta la acumulación de días, sino que permite un uso más flexible de los mismos dentro de parámetros definidos. “Aquí no se está ampliando el beneficio, se está permitiendo que el empleado pueda usar lo que ya tiene de una forma más acorde con su situación familiar”, añadió.
La medida también dispone que esta licencia no necesariamente tiene que utilizarse de forma consecutiva, delimitando su aplicación a casos debidamente justificados.
“El servicio público no puede estar desconectado de la realidad social. Muchos empleados enfrentan responsabilidades de cuido que requieren tiempo y presencia. Esta enmienda reconoce esa realidad y propone un ajuste razonable”, sostuvo González.
De ser aprobada, la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos adoptará la reglamentación necesaria en un término de noventa días para su implementación.

