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El valor de la licencia de relacionista

Por: Aracelys OTero Torres / Relacionista Lic R53

Recientemente, la senadora Rodríguez Veve radicó el proyecto del Senado 1276, el cual busca establecer la Ley para la Revisión, Aprobación o Derogación Ordenada de las Licencias Ocupacionales en Puerto Rico. Este pretende establecer el marco conceptual de la política pública para la revisión sistemática y periódica de las licencias ocupacionales y profesionales, así como la necesidad de derogar licencias y requisitos de determinarse que son innecesarios o que impiden la competencia y la innovación.

De la medida legislativa se desprende que existen en Puerto Rico más de 140  ocupaciones reglamentadas. También, resalta que la reglamentación general impone un mínimo de requisitos para que las personas puedan ejercer una profesión que incluye personas en trabajos de bajos y medianos ingresos como peluqueros, maquillistas, diseñadores de interiores y ayudantes de electricista, entre otros. 

Para la senadora, las reglamentaciones ocupacionales imponen cargas sobre la actividad económica, incentivan el mercado laboral informal, y aceleran la migración saliente de Puerto Rico, lo que reduce la participación laboral. Además, resalta que el objetivo principal de la legislación es hacer de Puerto Rico una jurisdicción más competitiva y promover mayor participación de la fuerza laboral.

Al analizar la medida me llama la atención que fue radicada el mismo día, 15 años después, en que se aprobó la Ley 204-2008, la cual creó la Junta Reglamentadora de Relacionistas Profesionales de Puerto Rico y la licencia para la práctica de las relaciones públicas en la isla. Quince años más tarde, la profesión enfrenta esta nueva ley que busca dejar sin efecto la reglamentación vigente, ya que la medida establece la revisión de la licencia de relacionistas entre otras 11 profesiones.

Resulta contradictorio que hoy día exista la falsa impresión de que reglamentar una profesión supone costos onerosos que propicien la migración de profesionales. Reconozco que carezco de los datos estadísticos para sustentar esta postura sin embargo entiendo que la aseveración expresada en la medida es demasiado generalizada.

Basada en mi experiencia les aseguro que la licencia de relacionista es una garantía de que aquel que la poseea ejerce bajo estrictos estándares éticos a la vez que cumple con requisitos de preparación académica, que se extienden más allá de un grado académico. Un relacionista con licencia evita un mal manejo de crisis e issues lo que previene poner en riesgo la marca.  

Lograr la reglamentación de la profesión en la isla fue un esfuerzo titánico que se extendió durante décadas.  Muy a pesar de ello, es triste que todavía personas que carecen de los conocimientos académicos y del peritaje necesario, se llamen a sí mismos relacionistas.  

Con relación a la medida legislativa entiendo que hacer de la isla una jurisdicción más competitiva y que promueva mayor participación de la fuerza laboral a costa de limitar o dejar sin efecto las garantías que ofrece la reglamentación tendría un efecto opuesto al que se busca. En especial en el campo de las relaciones públicas, mediante la cual se construyen relaciones mutuamente beneficiosas entre una organización y sus públicos.

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