La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representante celebró, una vista pública sobre el proyecto de ley 320 que crearía la ‘’Ley para Prohibir los Donativos a Partidos o Candidatos Políticos por parte de Contratistas Gubernamentales y Obligar a Contratistas del Gobierno a Divulgar sus Donativos y Gastos Políticos”.
La medida busca obligar a potenciales contratistas gubernamentales a divulgar sus donativos y gastos políticos y crear el “Registro de donativos y gastos de contratistas gubernamentales”.
Asimismo, el estatuto forzará la divulgación de donativos políticos realizados por personas, previo a otorgarle contratos gubernamentales.
Esta prohibición ha sido adoptada en los Estados Unidos en al menos 16 estados, tanto a nivel federal y estatal, y ha sido validada en los tribunales donde se ha reconocido el riesgo de corrupción cuando un contratista o una persona que interesa contratos gubernamentales realiza donativos políticos.
La representante y autora de la medida, Mariana Nogales Molinelli explicó, “que el proyecto establecería sanciones y penalidades para quienes incumplan con la ley”.
Mientras, el presidente de la Comisión, Jesús Manuel González Ortiz, manifestó la importancia de conocer la postura del Lcdo. Domingo Emanuelli, secretario del Departamento de Justicia, quien fue excusado de la vista pública.
‘’Es menester que el Departamento de Justicia nos aclare su posición en cuanto a este proyecto, debido a la importancia que implica su rol dentro del carácter de una medida como esta’’, dijo en su turno inicial Ortiz González.
Por su parte, Walter Vélez Martínez, contralor electoral favoreció la adopción de la política pública propuesta. ‘’Esta medida abona a combatir la corrupción gubernamental en forma de inversionismo político, es decir, ayuda a evitar que se hagan donativos políticos a cambio de acciones oficiales’’.
Vélez Martínez propuso que, en lugar de crear una Ley por separado para atender el tema de evitar el ‘’quid pro quo’’ (‘algo a cambio de algo’) en cuanto a la contratación gubernamental, el Proyecto debería enmendar las leyes orgánicas de las agencias que atenderán el asunto; Oficina de Ética Gubernamental (OGE), Oficina del Contralor de Puerto Rico (OCPR) y Oficina del Contralor Electoral.
‘’Este ajuste que propongo al Proyecto refuerza la jurisdicción y facultad fiscalizadora de la Oficina del Contralor Electoral sobre los donativos políticos por parte de contratistas gubernamentales que se persigue regular’’, expresó el Contralor Electoral de la OCE.
Por otro lado, Aniano Rivera Torres, Director Ejecutivo Interino de la OGE, afirmó que ‘’debido a que la medida propuesta involucra a la Oficina del Contralor y la Oficina del Contralor Electoral, estimamos necesario que se obtengan las observaciones de dichas oficinas’’.
‘’Es incuestionable que la contratación gubernamental debe estar libre de influencias o favores políticos-partidistas. Además, debe existir la garantía de que las decisiones respecto a la contratación gubernamental siempre deben velar el interés público en general y no de los grupos particulares. Así pues, es de suma importancia que se legisle para garantizar que los procesos de adjudicación de contratos sean justos y transparentes, basados en el mérito y no en el amiguismo político’’, declaró Rivera Torres.
Del mismo modo, Yesmin Valdivieso Galib, contralora, indicó que ‘’en la OCPR hemos sido consistentes en avalar todo esfuerzo que promueva la sana administración pública y la buena utilización de los recursos en beneficios de nuestro pueblo. Sin embargo, nuestra oficina no define ni promulga política pública’’.
Según la Contralora, la Ley 222, que creó una División de Auditoría de Donativos y Gastos como una división dentro de la OCE, ya establece unas prohibiciones relacionadas con los donantes que pueden realizar, tanto las personas naturales como las personas jurídicas.
‘’De hecho se dispone que ninguna persona natural podrá, en forma directa o indirecta, hacer donaciones en o fuera de Puerto Rico a un partido político, aspirante, candidato, comité de campaña autorizado o de acción política en exceso de $2,600’’, expuso Valdivieso Galib.
Asimismo, eso no aplicará a los Comités de Fondos Segregados o para Gastos Independientes que no coordinen o donen a algún partido, aspirante o candidato.
De acuerdo con Valdivieso Galib, la OCE es la entidad que tiene el conocimiento, experiencia y la autoridad en ley para fiscalizar, auditar y adoptar normas específicas de los registros que propone la medida.
‘’Entendemos que cualquier disposición estatutaria que afecte lo relacionado con los donativos políticos debe ser integrada a lo establecido en la Ley 222’’, determinó la Contralora de la OCPR.
La dependencia gubernamental recomendó que se tomen en consideración los comentarios que puedan emitir el Departamento de Justicia, la OGE y la OCE.
De igual manera, los tres deponentes coincidieron en que es ‘’ el proyecto es demasiado amplio tal como está redactado’’ y exigieron que los roles establecidos en la medida hacia cada entidad gubernamental deben de ser más específicos.
‘’Si alguien está en contra de la corrupción y sabe de la cantidad de dinero que se pierde en contrataciones gubernamentales es nuestra oficina. Sin embargo, cuando tienes una medida que prohíben algo a un ciudadano se hace bien difícil y entiendo que es una medida demasiado amplia, en el sentido de que no hace sentido que una persona por dar $50 en donativos debe estar excluido de realizar contrataciones o peor aún que por dar esa cantidad pensar que esa persona es un corrupto. Algo que me parece ilógico y ridículo’’, puntualizó Valdivieso Galib.