Tu Voz

Sabana Grande necesita elecciones especiales

Por: Antonio Camacho

Semanas después que el alcalde de Sabana Grande, el Sr. Miguel Ortiz, formalmente renunciara a su puesto político, el presidente de la Legislatura Municipal confirmó, por una intensa investigación periodística de La Voz Digital PR, que en efecto el mandatario había renunciado.

A pesar de que la carta de renuncia es un documento público y el proceso para elegir el suplemente debería ser abierto, al pueblo esto no ocurrió así en Sabana Grande. Supongamos que un alcalde, debidamente electo por el vehículo y participación electoral de los residentes de dicho pueblo, renunciase a sus responsabilidades otorgadas por la participación electoral. ¿Luego de dicha renuncia, cómo la participación electoral municipal elegirá al próximo alcalde?

 Las Leyes de municipios autónomos de Puerto Rico nos dan la respuesta. 

1. Cuando el alcalde presenta su renuncia a la Legislatura Municipal, la legislatura deberá comunicar a la “directiva local y estatal del Partido al cual perteneció el alcalde ausente” (énfasis añadido). Si está vacante ocurre fuera del año electoral, solo los pertenecientes al partido del alcalde ausente podrán elegir al sucesor por medio de elecciones especiales.

2. Ahora bien, si la vacante ocurre en un año electoral, la Legislatura Municipal tiene 15 días para someter un candidato al partido político del alcalde ausente. Cuando esto no ocurra, el presidente del Partido del alcalde ausente procederá a cubrir la vacante con el candidato que “el presidente del Partido político del alcalde ausente elija”.

3. Solo cuando el alcalde fuese un candidato independiente, no perteneciente a ningún partido político, la ley autoriza unas elecciones especiales donde cualquier persona debidamente calificada puede ser elegido por la población electoral de dicho municipio.

Estas leyes me recuerdan las “Leyes del Poder” bajo el mandato de Hitler en Alemania, ya que históricamente los partidos políticos, así como expresan estas leyes, han asumido una conducta autoritariamente antidemocrática. Por ejemplo, el parlamento alemán aprobó las “Leyes del Poder” dándole a Hitler, conocido ejemplo histórico, un poder absoluto para crear leyes fuera del parlamento. Así Hitler se convirtió en Hitler y lo demás ya es historia.

¿Cómo es posible que la ley le otorgue al presidente del partido del alcalde ausente a cubrir la vacante? ¿Será que el presidente de un partido político tiene más poder democrático que los electores residentes de Sabana Grande? o qué la ley creo un Hitler electoral.

Sin duda alguna, estas leyes son las “leyes del poder” municipal las cuales otorgan el poder al presidente del partido político a nombrar a una persona a una silla electoral sin ser elegido por la participación directa electoral de los residentes del municipio.

¡Esto es fundamentalmente antipopular y antidemocrático! Esto es una tiranía partidista de los privilegiados partidos políticos en vías, así como Hitler, a ejercer las leyes del poder y mantener su autoridad bajo la misma tradición política partidaria.

Salir de la versión móvil